Normas y cumplimiento

Requisitos para una subestación eléctrica CFE en 2026: pasos, dictamen UVIE, costo y depósito en garantía

Entogo

Poste de una línea de distribución de media tensión con un banco de tres transformadores tipo poste, cortacircuitos fusibles y apartarrayos entre árboles, en blanco y negro

Puntos clave

  • Contratar media tensión con CFE son tres pasos (trámite 638): solicitar el servicio bajo el régimen de aportaciones (5 a 20 días), formalizar el contrato (gratuito, 1 a 5 días) y recibir la conexión y el medidor en 5 días.
  • Para formalizar, CFE pide en original el dictamen de la UVIE, el oficio de notificación de CFE Distribución y el depósito en garantía, además de identificación oficial y poderes.
  • Según sus tarifas registradas en 2023 (sin IVA ni viáticos), dos UVIE cobran por 500 kVA $25,000 (MMS020) y $32,500 (VECC47); por 750 kVA, $35,000 y $37,500.
  • El depósito en garantía de CFE es cargo de capacidad × 2 × demanda a contratar: con 364.02 $/kW-mes y 600 kW contratados suma $436,824 MXN.
  • Con 1 MW o más de carga contratada en las Redes Generales de Distribución, el centro de carga firma además el contrato de conexión modelo de la CNE (DOF 17/03/2026).

Los requisitos para una subestación eléctrica CFE en media tensión se cumplen en tres pasos del trámite 638 de la Ventanilla Única: solicitar el servicio bajo el régimen de aportaciones, formalizar la contratación y recibir la visita de conexión y medición. Para formalizar, CFE pide la identificación oficial vigente y, en original, el dictamen de la UVIE, el oficio de notificación de CFE Distribución y el depósito en garantía; si aplica, también la carta poder, el poder notarial y el acta constitutiva. La formalización es gratuita y la ficha estima de 1 a 5 días hasta el paso siguiente. La información fue certificada por CFE el 3 de mayo de 2024 y consultada el 10 de octubre de 2026. Esta guía explica quién emite cada documento, cuánto cobra una UVIE por kVA, cómo se calcula el depósito y qué cambia cuando su subestación particular contrata 1 MW o más, ahora bajo la Comisión Nacional de Energía (CNE).

Cómo contratar media tensión con CFE: los 3 pasos del trámite 638

La ficha distingue la contratación nueva de la modificación de un contrato existente. Los pasos de una contratación nueva en media tensión son:

  1. Solicitar el servicio de energía eléctrica (paso 1). En un Centro de Atención de CFE se entrega la Solicitud de Servicio de Energía Eléctrica Bajo el Régimen de Aportaciones. Se acompaña de la identificación oficial, un croquis de localización con georreferencias y, en personas morales, el poder notarial. CFE Distribución emite el Oficio de Presupuesto de Obra (OPO). Su importe depende de las obras para instalar el servicio o de las aportaciones por kVA. Plazo hasta el paso siguiente: 5 a 20 días.
  2. Formalizar la solicitud de contratación. Con el oficio de notificación, el dictamen UVIE y el depósito, se celebra con CFE el contrato mercantil de suministro en media tensión. El paso es gratuito. Plazo: 1 a 5 días.
  3. Recibir la visita de conexión y medición (paso 3). CFE conecta e instala el equipo de medición dentro de los 5 días posteriores a la entrega del contrato.

Documentos que pide CFE para la subestación

DocumentoQuién lo emite o presentaPasoForma
Solicitud de servicio bajo el régimen de aportacionesEl solicitante, ante CFE1Original
Identificación oficial vigenteDel titular o representante legal1 y 2Copia simple
Croquis de localización con georreferenciasSolicitante o su proyectista1Copia simple
Oficio de Presupuesto de Obra (OPO)CFE DistribuciónResultado 1Importe a cubrir
Oficio de notificaciónCFE Distribución, al concluir la solicitud2Original
Dictamen de verificación NOM-001-SEDE-2012UVIE o UIIE aprobada2Original
Depósito en garantíaEl solicitante (efectivo, pagaré o cheque de caja)2Original
Carta poder, si tramita un terceroTitular, firmada ante dos testigos1 y 2Original + identificación de testigos
Poder notarial, acta constitutiva o acta de asambleaNotario público1 y 2Copia simple
Contrato mercantil de suministro en MTCFEResultado 2Contrato

Sumados, los tiempos por paso dan entre 6 días (5 + 1 + 0) y 30 días (20 + 5 + 5). El resumen del procedimiento indica 12 a 50 días porque agrupa también la variante de modificación de contrato. Ninguna de esas cifras incluye el tiempo de construir las obras del OPO, fabricar el equipo ni verificar la instalación. Esos plazos van antes del paso 2 y suelen ser los más largos.

¿Qué es una UVIE y qué revisa el dictamen?

Una UVIE, Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas, es una persona física o moral aprobada por la Secretaría de Energía (SENER). Evalúa si una instalación cumple la NOM-001-SEDE-2012, Instalaciones eléctricas (utilización). El resultado es el dictamen de verificación, que CFE pide en original en el paso 2. La ficha del trámite enlaza el listado de unidades con aprobación vigente.

La NOM-001-SEDE-2012 sigue vigente al 10 de octubre de 2026, según la plataforma de normalización: DOF del 29/11/2012, en vigor desde el 29/05/2013. En una subestación particular aplica en especial el Artículo 924, Subestaciones, de esa norma. Si el transformador va dentro del edificio, la norma también fija bóveda o cuarto según sea seco o en aceite; véase diferencia entre transformador seco y aceite. Las normas de producto del transformador, como NOM-002-SEDE/ENER y NMX-J, se explican en normas para transformadores en México.

UVIE y UIIE: ¿cuál es la diferencia?

El acuerdo de la SENER de 2022 distingue las UVIE ya aprobadas por la Secretaría y las UIIE, Unidades de Inspección de Instalaciones Eléctricas aprobadas conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad. Ambas son organismos de evaluación de la conformidad en materia de instalaciones eléctricas, y la Ley del Sector Eléctrico ya habla de unidades de inspección.

¿Cuándo es obligatorio el dictamen UVIE?

La ficha lo pide para contratar nuevos servicios, ampliar carga o modificar contratos en lugares de concentración pública, y también por protección civil y para determinar el cumplimiento de la NOM-001-SEDE-2012. La Ley del Sector Eléctrico (artículo 48, fracción V) exige el certificado de una unidad de inspección en servicios en alta tensión y en lugares de concentración pública. El tabulador de la SENER de 2022, que remite al acuerdo de lugares de concentración pública de 2017, enumera unos 60 tipos de lugar, de escuelas y hospitales a hoteles, plazas comerciales y terminales de pasajeros. En la práctica, si su nave o edificio contrata media tensión, presupueste el dictamen.

¿Cuánto cuesta una UVIE? Tarifas por kVA

No existe una tarifa única. Cada unidad registra su lista de precios ante la Secretaría de Economía, y la cuota se fija por la capacidad de la subestación en kVA. Dos listas registradas en 2023, sin IVA y sin viáticos:

Capacidad de la subestaciónMMS020 (julio de 2023)VECC47, Tabla A (agosto de 2023)
Tarifa mínima$7,000 (hasta 10 kW)$5,000 (5 kVA o menos)
15 kVA$7,500$6,000
25 kVA$8,000$7,500
37.5 kVA$8,500$9,750
45–50 kVA$9,000$10,800 – $11,500
75 kVA$10,000$13,500
112.5 kVA$12,000$15,750
150 kVA$13,000$16,500
225 kVA$15,000$20,250
300 kVA$17,000$24,000
500 kVA$25,000$32,500
750 kVA$35,000$37,500
1,000 kVA$45,000$40,000
Más de 1,000 kVAAjuste proporcional1,500 kVA: $45,000; 2,500 kVA: $50,000

La lista MMS020 también registra 100 kVA ($11,000) y 167.5 kVA ($13,000). Notas de ajuste que traen las propias listas:

  • MMS020: se ajusta en edificios de varios pisos y en instalaciones con áreas clasificadas como peligrosas. Arriba de 1,000 kVA el ajuste es proporcional. Los viáticos se cotizan aparte según visitas, distancia y transporte.
  • VECC47: cobra kVA × $/kVA (750 kVA × 50 $/kVA = $37,500). Las áreas peligrosas suman $3,000 hasta 112.5 kVA, $8,000 de 150 a 750 kVA y $13,000 desde 1,000 kVA. Fuera de su zona, los viáticos son $600 diarios de alimentos, $600 de taxis, $1,600 por noche de hotel y $5 por kilómetro. Con varias subestaciones en un mismo predio, cotiza cada una y suma.

El tope de la SENER. El acuerdo publicado en el DOF el 5 de septiembre de 2022 fijó tarifas máximas para todas las UVIE y UIIE, actualizables por inflación cada marzo. Para comercios e industrias son $10,000 hasta 500 kVA y $15,000 de 501 a 1,000 kVA. Para suministros de más de 1,000 V entre conductores son $25,000, y para áreas clasificadas hasta 500 kVA, $15,000. En 500 kVA, ambas listas registradas superan el tope de comercios e industrias. Según Milenio, un tribunal colegiado ratificó en julio de 2024 el amparo de una UVIE contra el acuerdo.

Cómo cotizar la UVIE

Envíe a dos o tres UVIE de su estado estos datos: kVA de la subestación, tensión de suministro (13.2, 23 o 34.5 kV), tipo de inmueble y número de niveles. Agregue si hay áreas clasificadas, la ubicación para los viáticos y el número de subestaciones. Pida la lista de tarifas registrada y el contrato de servicios por escrito. Confirme también su aprobación vigente en el listado oficial.

Régimen de aportaciones y oficio de notificación de CFE

La solicitud del paso 1 se presenta bajo el régimen de aportaciones. La ficha cita como base el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en Materia de Aportaciones. Cita también las condiciones generales para la prestación del suministro eléctrico. En ese régimen, CFE Distribución determina si la red necesita obras para atenderlo. El costo queda en el OPO: obras para instalar el servicio o aportaciones por kVA.

La Ley del Sector Eléctrico permite dos caminos (artículo 50). El solicitante puede realizar las obras a su costa o hacer aportaciones a la Distribuidora. No debe haber aportaciones cuando la construcción corre a cargo del propio interesado conforme a las especificaciones y normas respectivas. Además, el artículo 55 deja a cargo de la usuaria final, a su costa, las instalaciones destinadas al uso de la energía. La subestación particular es suya.

Al concluir ese proceso, CFE Distribución emite el oficio de notificación. Es el documento original que, junto con el dictamen y el depósito, abre el paso 2.

¿Cómo se calcula el depósito en garantía de CFE?

La ficha lo define así: cargo de capacidad × 2 × demanda a contratar. Se cubre en efectivo, pagaré o cheque de caja y respalda las obligaciones de pago del usuario final. Los instrumentos mercantiles se aceptan solo con demandas contratadas de 180 kW o más, previa autorización del Suministrador de Servicios Básicos. El cargo de capacidad cambia por mes y división tarifaria. Para octubre de 2026, Batu Energy publica para la tarifa GDMTH un cargo de capacidad de 364.02 $/kW-mes sin IVA, promedio de 17 divisiones tarifarias. La aritmética por kVA y el resto de las partidas están en cuánto cuesta una subestación eléctrica en México.

Ejemplo resuelto: planta de 750 kVA en 23 kV

Una planta de manufactura instala una subestación particular de 750 kVA en 23 kV, con secundario de 480Y/277 V. Su demanda máxima prevista es de 600 kW. La UVIE más cercana está a 200 km.

  1. UVIE con MMS020: $35,000 + 16 % de IVA ($5,600) = $40,600.
  2. UVIE con VECC47: 750 kVA × 50 $/kVA = $37,500; con IVA, $43,500.
  3. Viáticos según VECC47, un día con noche de hotel y 400 km de ida y vuelta: $600 + $600 + $1,600 + 400 × $5 = $4,800, sin IVA ni casetas.
  4. Depósito en garantía contratando 600 kW: 364.02 × 2 × 600 = $436,824 MXN.

Paso 4 — depósito en garantía de CFE en media tensión

D = Cc * 2 * Dc

D = 436,824 MXN

Con la lista VECC47, la planta desembolsa 43,500 + 4,800 + 436,824 = $485,124 MXN antes de recibir energía, sin contar el OPO ni el equipo. La palanca es la demanda declarada. Si contratara 750 kW, igual a los kVA, el depósito subiría a 364.02 × 2 × 750 = $546,030, es decir $109,206 más sin necesidad técnica. Para el cálculo de kVA, véase cómo dimensionar un transformador; para elegir el tipo de equipo, subestación compacta: tipos, partes y cómo elegirla.

Contrato de conexión con la CNE: carga contratada de 1 MW o más

El decreto del 18 de marzo de 2025 expidió la Ley de la Comisión Nacional de Energía. Con él se extinguió la CRE y se creó la CNE. La normatividad de la CRE sigue en vigor mientras no se oponga a la nueva ley.

El 17 de marzo de 2026, la CNE publicó en el DOF el modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas. Cubre centrales eléctricas, sistemas de almacenamiento de energía y centros de carga. Aplica a cualquier centro de carga conectado a las Redes Generales de Distribución con carga contratada de 1 MW o más, aun con suministro básico. Si la instalación solo consume, firma un contrato de conexión. Si además inyecta energía por el mismo punto, firma un contrato de interconexión-conexión. En todos los casos se requiere la instrucción del CENACE. El acuerdo abroga las resoluciones RES/949/2015 y RES/950/2015 de la extinta CRE. Por debajo de 1 MW no hace falta contrato de conexión, pero aplican las disposiciones de transmisión, distribución y suministro.

A partir de 1 MW en media tensión también aplica el Código de Red, que pide factor de potencia entre 0.95 y 1 inductivo. Véase banco de capacitores para corregir el factor de potencia. Si agregará paneles solares o baterías detrás de su subestación, el trámite de generación es aparte; véase interconexión a la red para plantas solares y almacenamiento.

Errores que retrasan la conexión con CFE

  • Llegar al paso 2 sin dictamen. La UVIE dictamina la instalación ya construida, y CFE no formaliza sin el original. Programe la verificación cuando la subestación, el sistema de tierras y el tablero estén montados, no al recibir el equipo.
  • Medición no conforme. CFE instala el medidor en el paso 3. Confirme antes de fabricar si medirá en media o baja tensión, y qué gabinete, base o espacio indica CFE Distribución. Un gabinete equivocado se rehace en sitio.
  • Carga mal declarada. Sobredeclarar encarece el depósito, como en el ejemplo. Subdeclarar tampoco sale gratis: si la demanda medida supera la contratada tres meses consecutivos, procede la actualización del contrato, y un cambio de tarifa obliga a firmar uno nuevo.
  • Expediente incompleto. Faltan las georreferencias del croquis, la carta poder no lleva dos testigos o falta el poder notarial del representante.

El papel de Entogo

Entogo es una empresa canadiense con fábrica propia en China. Fabrica equipo que forma parte de la instalación que verifica la UVIE: la subestación compacta tipo pedestal hasta 2,500 kVA en servicio clase 15/25 kV. También el gabinete de medición con TC y distribución de 400 a 1,200 A y la base para medidor y gabinete de medición con TC de 200 a 1,200 A. Para el expediente entrega planos y especificaciones, documentación técnica, reportes de pruebas en fábrica, reportes de inspección de calidad y registros de número de serie. La certificación que pida su proyecto, como NOM/ANCE o UL (cULus)/CSA, está disponible bajo solicitud. La aprobación de CFE y el dictamen de la UVIE siguen siendo trámites del propietario.

Las fabricaciones con especificación norteamericana se entregan en 16 a 24 semanas. Eso las pone en la ruta crítica, antes del dictamen. Los diseños personalizados llevan el plazo confirmado en la cotización. La garantía es de 36 meses como mínimo, con el plazo exacto por producto, y Entogo responde cada solicitud en un día hábil. Revise la gama de subestaciones y distribución de energía o escriba al equipo con kVA, tensión de CFE y tipo de medición.

En resumen, al 10 de octubre de 2026 el expediente de una subestación particular se arma en este orden. Primero, solicitud y OPO. Después, obra, equipo y dictamen UVIE. Luego, oficio de notificación, depósito y contrato. Al final, el medidor. Fije la demanda a contratar con cuidado: define el depósito y, desde 1 MW, el contrato con la CNE.

Fuentes

  1. Ventanilla Única, trámite 638: Contratación de energía eléctrica en media tensión, paso 2 (CFE; certificado el 03/05/2024; consulta del 10/10/2026)
  2. Secretaría de Economía, tarifa registrada de una UVIE por capacidad de subestación (MMS020, julio de 2023)
  3. Secretaría de Economía, listado de tarifas de una unidad de inspección de instalaciones eléctricas, Tabla A (VECC47, vigente desde el 01/08/2023)
  4. SENER, Acuerdo que establece las tarifas para los servicios de evaluación de la conformidad de las UVIE y UIIE (DOF, 05/09/2022)
  5. CNE, Acuerdo por el que expide el modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas a la RNT o a las RGD (DOF, 17/03/2026)
  6. Ley del Sector Eléctrico, artículos 48, 50 y 55 (DOF, 18/03/2025; texto vigente, Cámara de Diputados)
  • Subestaciones
  • CFE
  • UVIE
  • Media tensión
  • NOM-001-SEDE-2012
  • México

Glosario: UVIENOM-001-SEDE-2012Transformador secoNOM-002-SEDE/ENER-2014Cargo por demanda y tarifa GDMTHSubestación compacta

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Qué es una UVIE?
Es una Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas, una persona física o moral aprobada por la Secretaría de Energía para evaluar si una instalación cumple la NOM-001-SEDE-2012. Al terminar emite el dictamen de verificación, que CFE pide en original para formalizar un contrato en media tensión. Las UIIE, unidades de inspección aprobadas conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad, cumplen la misma función.
¿Cuánto cobra una UVIE por una subestación de 500 kVA?
Cada UVIE registra su propia lista de tarifas ante la Secretaría de Economía. Dos listas de 2023 cobran $25,000 (MMS020) y $32,500 (VECC47) por 500 kVA, sin IVA y sin viáticos. Con 16 % de IVA quedan en $29,000 y $37,700. El acuerdo de la SENER de 2022 fijó topes menores, pero al menos una UVIE obtuvo un amparo contra él. Pida siempre la tarifa por escrito.
¿Es obligatorio el dictamen UVIE para CFE?
Para contratar en media tensión, la ficha del trámite 638 lo incluye como requisito general del paso de formalización, en original. La Ley del Sector Eléctrico lo exige de forma expresa en servicios en alta tensión y en lugares de concentración pública, como escuelas, hospitales, hoteles y plazas comerciales. Sin dictamen, CFE no formaliza el contrato.
¿Qué es el oficio de notificación de CFE?
Es el documento que emite CFE Distribución al concluir la Solicitud de Servicio de Energía Eléctrica bajo el Régimen de Aportaciones. Indica que la parte de obras y aportaciones del servicio quedó resuelta, y se entrega en original en el paso 2 del trámite, junto con el dictamen UVIE y el depósito en garantía.
¿Sigue vigente la NOM-001-SEDE-2012?
Sí. Al 10 de octubre de 2026, la plataforma de normalización de la Secretaría de Economía la registra como vigente. Se publicó en el DOF el 29 de noviembre de 2012 y entró en vigor el 29 de mayo de 2013. Es la norma contra la que la UVIE verifica la instalación, incluido el Artículo 924, Subestaciones.
¿Cuándo necesito un contrato de conexión con la CNE?
Cuando su centro de carga, conectado a las Redes Generales de Distribución, tiene 1 MW o más de carga contratada, aun con suministro básico. La CNE sustituyó a la CRE por el decreto publicado en el DOF el 18 de marzo de 2025, y el 17 de marzo de 2026 publicó el modelo de contrato. La normatividad de la CRE sigue en vigor mientras no se oponga a la nueva ley.
¿Cuánto tarda CFE en conectar una subestación?
La ficha del trámite 638 indica 5 a 20 días tras la solicitud, 1 a 5 días tras la formalización y la conexión con medidor dentro de los 5 días siguientes a la entrega del contrato. Sumados, son de 6 a 30 días. No incluyen las obras del presupuesto, la fabricación del equipo ni la verificación de la UVIE.

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